PLAZOS DEMANDA---DÍAS HÁBILES

alba2

Nuevo miembro
Otra vez con la misma historia.

tengo entendido que los sábados són hábiles a efectos procesales y el mes de agosto és hábil a efectos del despido...

¿sería buena la fecha en que la trabajadora se enterá por seguridad social que es baja de empresa? La chica fue a trabajar y discutió, cuando volvió después de fin de semana le dicen que estaba despedida, va a seguridad social a comprobar si eso es cierto. ¿qué se considera fecha de efectos si no hay carta?

Es que sino estoy fuera de plazo....

Gracias a todo/as!!
 

FERNANDO

Miembro conocido
El sábado no es hábil.

La chica que envie un burofax a la empres pidiendo carta de despido o readmisión. Y que ponga demanda de inmediato, claro. Entiendo que es a la empresa la que corresponde la carga de la prueba.
 
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