Olivia74 dijo:
Buenas! Tenemos un trabajador que trabaja en una empresa contratado 40 h semanales, con la peculiaridad que trabaja una semana si(incluidos fines de semana) y otra no. Hay otra empresa interesada en contratarlo para que trabaje con ellos la semana que libra en la primera empresa, y un asesor me ha comentado que no es posible un nuevo contrato con este chico porque ya tiene uno de 40 horas semanales y Tesorería no deja, que tendría que contratarlo en el Régimen Especial de Autónomos(entiendo que autónomo dependiente). Yo no estoy de acuerdo con su afirmación, pero necesito que me confirméis este dato. Gracias!!!!
Es que esto así explicado sin más datos es difícil...dices que está contratado 40 horas semanales con la peculiaridad de que trabaja una semana si de lunes a domingo y otra no. Y de aquí 2 dudas:
-cuando dices que está contratado a 40 horas semanales quieres decir que está contratado a jornada completa? 40 horas semanales (160 mes) y que al trabajar una semana si y otra no hace 80 horas una semana, descanso otra entera, hace otras 80 horas y descansa otra semana?. Es que esto no respetaria como regla las normas generales de jornada (salvo 3-4 sectores donde puntualmente de permite con carácter excepcional no General),
-o quieres decir que tiene un contrato a tiempo parcial p.ej. del 50% de jornada máxima si está es 40 horas semanales por tanto 80 horas mes, y concentra las 80 horas en dos semanas, 40 horas en una semana, descanso otra entera, y así sucesivamente?
Es que la cosa cambia de uno a otro supuesto. Asimismo es importante que especifiques el sector, pues por ejemplo en sector transporte sea terrestre, marítimo, aéreo o ferroviario existen límites por normativa UE que impiden o limitan (según jornada contratada) el pluriempleo. Por poner un ejemplo, pero hay más supuestos algunos incluidos en sector construcción sobre todo obra civil donde hay tiempos de trabajo efectivo limitados.
Resumiendo, jornada completa o parcial en primera empresa con independencia distribución y sector y puesto en que trabaja??
Dicho lo anterior, las reglas de encuadramiento no son a la carta, si es trabajo por cuenta ajena lo seguirá siendo sea posible o no el pluriempleo.