Buenas tardes, quiero plantear un hipotético caso, a ver que opináis al respecto: si un trabajador falta de forma injustificada, ¿se abonaría el concepto que indico en el titulo, si el convenio especifica que es por día efectivo de trabajo? Es decir, el puedo pagar el salario base diario que contempla el convenio pero digamos "penalizar" al trabajador no abonando ese concepto; otro supuesto sería, para el permiso retribuido, (convenio no especifica sobre el abono del susodicho concepto)¿se debe abonar ? Entiendo que en el permiso se retribuye por el salario habitual, como en vacaciones... Muchas Gracias, Saludos.