Plus domingos convenio atencion a personas dependientes (residencias...)

Argi

Miembro conocido
Hola,
Alguna persona samaritana que que trabaje con el con el convenio estatal de atención a personas dependientes (residencia de ancianos...),  ¿me puede decir si en el caso del turno que entra los domingos a las 22,00 horas les correspondería cobrar el plus de domingos y festivos íntegro, además del de nocturnidad?

Yo interpreto que sí, pero me lo discuten....
 

Cachilipox

Miembro conocido
El convenio es MUY explícito al respecto:

Artículo 42 D)
"[...] Estos importes se abonarán por jornada trabajada en domingo o festivo, independientemente de las horas trabajadas.

Para el personal que preste servicios en turno nocturno se considerará domingo o festivo trabajado si ha iniciado su jornada durante el domingo o la festividad
."

Y por supuesto el plus de nocturnidad, 42 C), va a misa porque lo dice el convenio.
 

fundación

Miembro conocido
Entiendo lo mismo, se abonaría entero incluso una hora en domingo, excepto si es personal contratado específicamente para domingos.
 

Argi

Miembro conocido
Sí, yo también lo veo claro. Me argumentan que empiezan a trabajar en sábado. Pero el convenio es claro.
 

Cachilipox

Miembro conocido
El plus es por "domingo o festivo".
La excepción del convenio es para trabajadores que estén contratados específicamente para trabajar, entre otras jornadas, en domingos o festivos.
¿Que dice el contrato?
Es que si dice un indefinido genérico de "lunes a domingo", le corresponde el plus sí o sí.
Y claro, incluso en tal caso, el salario reflejado en contrato debiera ser algo superior al salario base de solo laborables.
Tiene que ser una cláusula específica, y esa especificidad debe ser remunerada de alguna manera.
 
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