plus transporte

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V

val2005

Guest
Un convenio colectivo marca un plus transporte para todos los trabajadores a lso que se les aplica este convenio.
El caso es que esta empresa sólo tiene este trabajador y no se lo estabamos incluyendo ya que este señor vive en la misma calle (no tiene que bajar ni de la acera) donde se encuentra la empresa. Ahora nos reclama este plus transporte.
Por una parte lo veo lógico ya que lo marca el convenio, pero por otra no porque no hay ningún gasto en transporte que este señor haga. ¿como lo veis vosotros?
 

CHARO

Miembro conocido
De acuerdo con Fernando, y recuerda que normalmente el pago es de 11 meses al año (en vacaciones no).Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, si viene estipulado en el convenio, la distancia del domicilio al centro de trabajo es intrascendente tanto a nivel de devengo como de exención a efectos de cotización (hasta el limite del 20% del IPREM).

Si, por el contrario, viniera acordado por pacto individual, entonces sí que sería necesaria su justificación, en base a un desplazamiento real a efectos de mantener esa exención de cotizar (a nivel del propio devengo ya se estaría a lo que se hubiera pactado en cada caso, pero a efectos de cotizar o no, la S.S. sí que exige justificación en este caso).

En cuanto a que se paga durante 11 meses al año..., habrá que ver lo que marca en cada caso el convenio a nivel de devengo y lo que admite la S.S. Es cierto que por simplificar, en muchos casos simplemente se devenga durante 11 meses (es decir, se deja de percibir durante un mes, el mes teórico de vacaciones) y así ya no hay que efectuar un contro diario mes a mes, pero, en principio se devenga en función de los días de alta del mes (y, en ocasiones, por días de trabajo efectivo, no devengándose ya no sólo en vacaciones, sino en casos de baja por enfermedad, maternidad, permisos, etc, es decir, en estos casos, el pagar
11 meses completos será correcto si realmente se ha estado todo el año de alta y sólo se ha dejado de trabajar el mes de vacaciones, se haya disfrutado seguido o  fragmentado en diversos periodos. Otra cosa es que algunas empresas sean mas rigurosas en esto que otras y en muchos casos es cierto que se opta por pagar 11 meses completo y así se olvidan de hacer verificaciones y cálculos mes a mes).

Saludos
 
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