Buenos días Compañeros.
Tengo un asunto que no tengo muy claro como tratar. Se trata de una empresa que tenía nombrado a un gerente con plenos poderes hasta Mayo de 2016. Tras una auditoria intensa entre otras cosas que no vienen al caso, ha quedado acreditado dentro de la parte laboral:
* Incorrecta aplicación del Convenio Colectivo, lo que había generado unas diferencias a favor de los trabajadores. Situación que ya está solucionada mediante una regularización salarial del último año (2016) y pacto firmado trabajador con trabajador de forma y modo de dicha devolución.
* Y la segunda cuestión y más peliaguda: 3 Trabajadores, han estado hasta Mayo de 2016 percibiendo unos Pluses Indeterminados (PLUS, COMPLEMENTO). Al parecer y según la Dirección estos pluses no tienen justificación ni bajo Convenio Colectivo, ni en las funciones de los trabajadores. La Dirección ha procedido a dejar de abonar dichos pluses desde Mayo de 2016.
En principio nos vamos a ver con unas demandas judiciales en cuanto a los Pluses, ya que los trabajadores estiman que es un derecho adquirido. Y como reacción a esto la Dirección me pide que solicite la devolución de los pluses a los trabajadores como salario percibido a mayores....
Veis posible esto? Yo creo que una cosa es parar la percepción de unos pluses porque entiendas que ya no proceden y ya veremos que dice el juez... y otra cosa bien diferente es intentar una devolución de salario percibido a mayores
Gracias y perdón por el peñazo
PD. Antes de que preguntéis la nueva Junta Directiva entró en Mayo....
Tengo un asunto que no tengo muy claro como tratar. Se trata de una empresa que tenía nombrado a un gerente con plenos poderes hasta Mayo de 2016. Tras una auditoria intensa entre otras cosas que no vienen al caso, ha quedado acreditado dentro de la parte laboral:
* Incorrecta aplicación del Convenio Colectivo, lo que había generado unas diferencias a favor de los trabajadores. Situación que ya está solucionada mediante una regularización salarial del último año (2016) y pacto firmado trabajador con trabajador de forma y modo de dicha devolución.
* Y la segunda cuestión y más peliaguda: 3 Trabajadores, han estado hasta Mayo de 2016 percibiendo unos Pluses Indeterminados (PLUS, COMPLEMENTO). Al parecer y según la Dirección estos pluses no tienen justificación ni bajo Convenio Colectivo, ni en las funciones de los trabajadores. La Dirección ha procedido a dejar de abonar dichos pluses desde Mayo de 2016.
En principio nos vamos a ver con unas demandas judiciales en cuanto a los Pluses, ya que los trabajadores estiman que es un derecho adquirido. Y como reacción a esto la Dirección me pide que solicite la devolución de los pluses a los trabajadores como salario percibido a mayores....
Veis posible esto? Yo creo que una cosa es parar la percepción de unos pluses porque entiendas que ya no proceden y ya veremos que dice el juez... y otra cosa bien diferente es intentar una devolución de salario percibido a mayores
Gracias y perdón por el peñazo
PD. Antes de que preguntéis la nueva Junta Directiva entró en Mayo....