PLUSES INDETERMINADOS

AL1978

Miembro conocido
Buenos días Compañeros.

Tengo un asunto que no tengo muy claro como tratar.  Se trata de una empresa que tenía nombrado a un gerente con plenos poderes hasta Mayo de 2016. Tras una auditoria intensa entre otras cosas que no vienen al caso, ha quedado acreditado dentro de la parte laboral:

* Incorrecta aplicación del Convenio Colectivo, lo que había generado unas diferencias a favor de los trabajadores. Situación que ya está solucionada mediante una regularización salarial del último año (2016) y pacto firmado trabajador con trabajador de forma y modo de dicha devolución.

* Y la segunda cuestión y más peliaguda: 3 Trabajadores, han estado hasta Mayo de 2016 percibiendo unos Pluses Indeterminados (PLUS, COMPLEMENTO). Al parecer y según la Dirección estos pluses no tienen justificación ni bajo Convenio Colectivo, ni en las funciones de los trabajadores. La Dirección ha procedido a dejar de abonar dichos pluses desde Mayo de 2016.
En principio nos vamos a ver con unas demandas judiciales en cuanto a los Pluses, ya que los trabajadores estiman que es un derecho adquirido. Y como reacción a esto la Dirección me pide que solicite la devolución de los pluses a los trabajadores como salario percibido a mayores....

Veis posible esto? Yo creo que una cosa es parar la percepción de unos pluses porque entiendas que ya no proceden y ya veremos que dice el juez... y otra cosa bien diferente es intentar una devolución de salario percibido a mayores

Gracias y perdón por el peñazo

PD. Antes de que preguntéis la nueva Junta Directiva entró en Mayo.... 
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues me temo que lo tenéis chungo: en efecto, es una mejora voluntaria y un derecho adquirido por mucho que no lo refleje el convenio. Y lo de pedir la devolución, ya es para poner más gasolina al fuego de la demanda y del cabreo de los trabajadores.
 

Mr. White

Miembro activo
Efectivamente, no parece la mejor forma de gestionar ese asunto, además que parece bastante claro que es una condición más beneficiosa.

Plantea a la Dirección intentar buscar un pacto con los trabajadores. Otra opción sería, si existe causa económica, eliminar esos complementos a través del art.41 ET.

Finalmente, al ser un complemento que no paga nada en concreto, según indicas, sería asimilable a Salario Base y podriáis absorber y/o compensarlo (dado que serían homogéneos y procedentes de distantas fuentes, Convenio y mejora unilateral) con las subidas salariales de Convenio, hasta neutralizar ese complemento y dejarlo en cero euros.
 

Mr. White

Miembro activo
Umm, no lo creo, Fernando.

Lo que ha dicho el Supremo es que ahora no se pueden compensar conceptos heterogeneos (manzanas con peras, complemento de cantidad con un salario base, etc) aunque expresamente se haya pactado que sí (que es lo que ha mantenido el Supremo de forma pacífica hasta que dio otro de sus volantazos esquivando conejos).

http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=9048.msg62419#msg62419

Pero en el caso que nos ocupa, si tú le preguntas en la oreja a esos "complementos indeterminados", "oye, ¿tú que pagas?", y te contesta, "nada en especial, el día a día", eso lo convierte en un concepto homogéneo al salario base y por tanto lo hace compensable y/o absorbible, siempre que se cumplan los tres reuiqitos: que sean conceptos homogéneos, de cuantía concreta y determinada, así como de periodicidad fija.

 
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