POLICIA NACIONAL

CSGD

Nuevo miembro
BUENOS DÍAS A TODOS Y GRACIAS POR VUESTRA APORTACIÓN, EL TEMA ES EL SIGUIENTE:
PUEDE UN POLICIA NACIONAL EJERCER COMO AUTONOMO COLABORADOR LOS FINES DE SEMANA O EN OCASIONES ESPECIALES Y DARSE DE ALTA EN DICHO REGIMEN O ES INCOPATIBLE, ME PODEIS INDICAR COMO PUEDE HACER PARA COLABORAR EN LA ACTIVIDAD, SERIA DE COMERCIO Y COMO DEPENDIENTE Y NO METERNOS EN UN LIO SI VIENE LA INSPECCIÓN. BUEN DIA
 

Ro

Miembro activo
En principio todo el mundo puede darse de alta como autónomo, a no ser que sea incompatible con su actividad. Tendrá que saber el propio policía nacional si su trabajo es compatible con otra actividad o no. Que lo pregunte en todo caso al dpto. personal de admón. correspondiente en su caso.
 

CSGD

Nuevo miembro
Gracias Ro pero así lo hicimos y la causa que alegan para denegar la compatibilidad es por el art. 16 apartados 1 y 4 de la ley 53/1984, mi duda es si la primera vez que lo pidieron lo hicieron a titulo personal, es decir iba el a ser el titular del negocio, lo que no se es si en este caso como seria como colaborador ocasional de la mujer me lo concederian, y si hay alguna otra manera de hacerlo.
 

Ro

Miembro activo
Sí es incompatible es a todos los efectos, tanto como titular como colaborador, pues lo que le impiden es la realización de otra actividad, y el alta en la seguridad social, entiendo yo..
 
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