La norma dice que son tres días para realizar la baja tras la baja del autónomo en hacienda, ahora bien, a mi cuando me ha pasado que por el motivo que sea se me ha pasado ese plazo he hecho lo siguiente:
- Presento la baja por RED (va a venir con efectos del mes que corre, no como queremos que esté)
- Adjunto a esa resolución de baja del autónomo una copia del DNI y una autorización y voy a mi oficina de seguridad social
- La funcionaria si se lo explicas no suele tener problemas en cambiarte la fecha de efectos.
Si te pasa, ve cuanto antes a la oficina, ya sabes que el cargo del autónomo lo emiten sobre los días 10-15 de cada mes