Posible sanción leve por no firmar la nómina?

BSK

Miembro activo
Hola a todos:

En relación a un trabajador al que se le hacen transferencias bancarias relativas a su nómina pero que se niega a firmar la nómina física sin que sepamos exactamente el por qué de su negativa, ¿veis conveniente amonestarle con falta leve (se que la transferencia ya presupone la firma) por no firmar el documento?
 

Argi

Miembro conocido
Yo entiendo que no, dado que como dices la trasnferencia (su justificante) sustituye a la firma. Yo le dejaría de pagar por transferencia, y le daría el dinero en mano, en monedas de cinco céntimos. Entonces sí que tiene la obligación de firmar.
;) :D
 

bogie

Nuevo miembro
Yo tambien haria lo mismo,  si quieres jugamos los dos, no te digo. encima que se le paga no firma.
 

Mr. White

Miembro activo
Efectivamente, la empresa puede establecer sus propias normas en ese punto y el trabajador debe cumplirlo, y en caso de incumplimiento pues se acude a Convenio a buscar si alguna infracción encaja. Además, no se le está pidiendo que haga parapente por Madrid con el logo de la empresa, simplemente que firme su nómina.
 

CrisFM

Miembro
Pues yo creo que sí se le podría sancionar, por transgresión de la buena fe contractual cuando menos, si no firma por que se le pone en sus santos ***** no firmar.

La transferencia no sustituye a la firma, pues el trabajador tiene el derecho, y la empresa la obligación, de conocer por qué conceptos se le paga y qué se le está pagando en cada momento. Es decir qué pluses, si esos pluses con correctos, si el salario base aplicado es correcto, si las pagas van incluidas o no o unas sí y otras no, etc.

Solo cono ese conocimiento el trabajador podrá saber si se le está pagando correctamente o no.

Dicho lo cual creo que lo importante es que al trabajador se le facilite esa información. Por ejemplo se podría hacer por email (entiendo yo) de modo que la empresa puede demostrar que se lo ha facilitado al trabajador. Si no el trabajador debe firmar y si no firma, insisto, creo que es perfectamentre sancionable.

Si no está de acuerdo que ponga el famoso no conforme y listo, pero la empresa debe poder demostrar que entrega la nómina y su información al trabajador.
 
Arriba