Olga, nosotros en la oficina hemos tenido este tipo de chicos y sinceramente en laboral nos quitaba la faena del archivo, para contabilidad les iba bien y si había alguno espabilado, no lo soltaban. Así que si faena te sacan.
Te he estado mirando dos conferencias, pero es cierto que en el RDL24/2020 dice que no se puede hacer horas, ni contratar ni externalizaciones p.e ETT aquí podría entrar estos chicos si el inspector ve que realmente esta haciendo trabajos que no le corresponde entonces podemos tener problemas.
En el RDL18/2020, que por eso me confundí, lo que habla es que para tener en cuenta si una empresa tiene 50 trabajadores o más se ha incluir a los trabajadores asimilados y aquí entran los becarios y las prácticas no laborables.
Si a los becarios o prácticas no laborables se les tiene en cuenta como trabajadores para el computo total de la plantilla para las exoneraciones, creo que también se les puede tener en cuenta como contrataciones nuevas.
Se puede hacer la consulta ante la IT