Trabajador con contrato de 6 meses por circunstancias de la producción, categoría 5. Empresa de 12 trabajadores, incluyendo al dimisionario.
Actualmente el trabajador lleva 5 meses en la empresa, la fecha prevista de fin de contrato es en el mes de noviembre
El trabajador solicita la baja voluntaria de un día para otro.
¿Se le pueden descontar los días de preaviso o al ser un contrato de duración inferior al mes no procede?
Esto dice el convenio de hostelería de Cataluña
1. El trabajador/a que, después de superar el período de prueba, desee dimitir, tendrá la obligación de ponerlo en conocimiento de la empresa con una antelación de:
a) Dos meses, si ostenta alguna de las categorías profesionales que figuran en los niveles retributivos 1 y 2 de las distintas tablas salariales.
b) Quince días si ostenta categoría profesional distinta a las anteriores, salvo que la empresa tenga una plantilla inferior a once trabajadores/as, incluido el dimisionario, en que el plazo de preaviso será de un mes.
Al ser la empresa de 12 trabajadores corresponderían 15 días de preaviso.
La duda radica en el hecho de que el contrato tiene una duración inferior a 1 año, por lo tanto, si en caso de finalización de contrato no habría preaviso por parte de la empresa, ¿corresponde al trabajador conceder un preaviso al ser un contrato inferior a 1 año?
Actualmente el trabajador lleva 5 meses en la empresa, la fecha prevista de fin de contrato es en el mes de noviembre
El trabajador solicita la baja voluntaria de un día para otro.
¿Se le pueden descontar los días de preaviso o al ser un contrato de duración inferior al mes no procede?
Esto dice el convenio de hostelería de Cataluña
1. El trabajador/a que, después de superar el período de prueba, desee dimitir, tendrá la obligación de ponerlo en conocimiento de la empresa con una antelación de:
a) Dos meses, si ostenta alguna de las categorías profesionales que figuran en los niveles retributivos 1 y 2 de las distintas tablas salariales.
b) Quince días si ostenta categoría profesional distinta a las anteriores, salvo que la empresa tenga una plantilla inferior a once trabajadores/as, incluido el dimisionario, en que el plazo de preaviso será de un mes.
Al ser la empresa de 12 trabajadores corresponderían 15 días de preaviso.
La duda radica en el hecho de que el contrato tiene una duración inferior a 1 año, por lo tanto, si en caso de finalización de contrato no habría preaviso por parte de la empresa, ¿corresponde al trabajador conceder un preaviso al ser un contrato inferior a 1 año?