Preaviso despido objetivo, contrato temporal inferior al año.

menceyes

Nuevo miembro
Me surge la siguiente duda,

En el caso de contratos temporales, si el contrato tiene una duración inferior al año, no es necesaria la comunicación con 15 días de antelación en caso de extinguir el contrato antes del tiempo convenido. Pero, ¿y si la causa de dicha extinción se fundamenta en cuestiones inherentes al despido objetivo?
 

Argi

Miembro conocido
Hola,
Lo de extinguir el contrato antes del tiempo convenido es un despido por lo que te tendrás que remitir a los plazos de los despidos, que en el caso de los objetivos es de 15 días, si bien también se los puedes abonar en nómina.
En el caso de un fin de contrato con una duración menor a un año, no es necesario preavisar, que creo es a lo que te refieres.
Un saludo,
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente. Suele haber cierta confusión en eso, incluso extendida al caso de baja voluntaria.
La necesidad o no de preaviso de al menos 15 dias en función de si la duración del contrato es o no superior al año está referida al caso de extinción POR LLEGAR ESTE A SU TERMINO.
Si lo que planteamos es una extinción a instancia unilateral de la empresa y antes de llegar el contrato a su término (y una vez superado el periodo de prueba) es un despido y, por tanto, como ya se ha dicho, habrá que considerar la necesidad o no de preaviso segun el tipo de despido, independientemente de la duración prevista del contrato temporal.

Saludos
 
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