PREAVISO

laboral consultas

Miembro activo
Trabajador con contrato temporal que finalizaba en noviembre. En septiembre causa baja voluntaria porque estaba en un listado para entrar en la administración pública como profe y le han llamado. Avisa el mismo día que ya no va a volver al trabajo sin dar el preaviso.
Le hemos descontado los 15 días por falta de preaviso y nos comenta que hay una norma que indica que si pasa a la Administración pública no se les puede descontar el preaviso, sabéis algo de esto??
Justo tenemos otro trabajador que ha pasado lo mismo y también se ha ido a la administración pública. Es decir, en el mismo mes dos trabajadores que han causado baja voluntaria sin dar preaviso y por entrar a la Administración pública no les podemos descontar nada???
 

elchuske

Miembro conocido
Si es un contrato temporal de menos de un año yo creo que no hay que preavisar. Y eso que comentas si lo he visto pero cuando se van a acupar un cargo publico. Pero si se van para siempre a currar no veo eso de que no tienen que preavisar por irse a currar a la administracion.
Lo mismo estoy equivocado, Solo he tenido un caso y le que quitado los 15 dias como dios.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Con lo del preaviso en contratos temporales no superiores al año (que no es lo mismo que menos de un año; un contrato de justo un año no es inferior al año pero no le aplica la exigencia de preaviso mínimo de 15 días pero en el sentido que ahora trato de explicar) hay una confusión bastante extendida y es la de confundir el preaviso de 15 días por llegar el contrato temporal a su término con el preaviso por causar baja voluntaria, en el que, al menos de forma general, no se establece una diferenciación según tipo de contrato y duración, y cuya duración y efectos en caso de incumplimiento, viene fijada por convenio.

Lo de si hay alguna particularidad por entrar en la Admón Pública, lo desconozco

Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Con lo del preaviso en contratos temporales no superiores al año (que no es lo mismo que menos de un año; un contrato de justo un año no es inferior al año pero no le aplica la exigencia de preaviso mínimo de 15 días pero en el sentido que ahora trato de explicar) hay una confusión bastante extendida y es la de confundir el preaviso de 15 días por llegar el contrato temporal a su término con el preaviso por causar baja voluntaria, en el que, al menos de forma general, no se establece una diferenciación según tipo de contrato y duración, y cuya duración y efectos en caso de incumplimiento, viene fijada por convenio.

Lo de si hay alguna particularidad por entrar en la Admón Pública, lo desconozco

Saludos

Es decir, si mi contrato es de, por ejemplo 6 meses, y quiero causar baja voluntaria antes de su fecha de término (y salvo que esté aún en perioro de prueba y lo haga valer como trabajador con este fin) me resulta de aplicación el preaviso y consecuencias que para bajas voluntarias tenga establecido el convenio.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero entiendo que aunque sea un contrato temporal si causa baja voluntaria antes de su finalización también es viable descontar un preaviso, no?
Correcto. Bueno, como ya he dicho, habrá que estar a lo que en este sentido contemple el convenio de aplicación (duración, consecuencias del incumplimiento...) .
No estamos hablando del preaviso de 15 días que el ET fija para la extinción de los contratos de duración superior al año por llegar a su término (no por extención anticipada por causar baja voluntaria, que es un caso distinto).
 

laboral consultas

Miembro activo
El convenio no marca preaviso por baja voluntaria pero por norma siempre se han solicitado los 15 días por la repercusión que tiene una baja voluntaria en la empresa sin previo aviso.
 

MiriamSR

Miembro conocido
En el caso de una empresa nuestra, en el convenio colectivo de aplicación se estable que en caso baja voluntaria se descontará la falta de preaviso salvo en el caso de acceso al funcionariado o a una interinidad en la Función Pública. Revisa bien el convenio antes y mira si hay algún artículo como cese voluntario o preaviso trabajador/a o similar. Si no aparece nada como dices, pues lo que comentan los compañeros, habrá que acudir a la costumbre.
 

laboral consultas

Miembro activo
Es el convenio sectorial estatal de servicios externos auxiliares y atención al cliente en empresas de servicios ferroviarios, yo he mirado y no veo nada sobre el tema.
 

elchuske

Miembro conocido
la jurisprudencia a la que muchos invocan dice que 15 dias. Eso dice el chivato del abogado que tengo aqui al lado. Porque claro invocar a la costumbre tiene su aquel.
conclusion: descuentale los 15 dias, que reclame, e invocas a la jurisprudencia que hay mucha.
 
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