Entiendo que, aunque el convenio establezca el plus de transporte, si dicho plus no se demuestra que sirve para compensar el coste para el trabajador que supone ir a su puesto de trabajo desde su casa, el mismo no computaría para el cálculo de la indemnización para el despido. Lo digo porque un convenio no puede decidir sobre qué conceptos computan y qué conceptos no para la indemnización de despido. Y así sería si el concepto establece un plus de transporte que no está ligado al efectivo coste de dicho desplazamiento para el trabajador.
¿Qué pensáis?
¿Qué pensáis?