Pregunta de examen: ¿plus transporte computa para despido?

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que, aunque el convenio establezca el plus de transporte, si dicho plus no se demuestra que sirve para compensar el coste  para el trabajador que supone ir a su puesto de trabajo desde su casa, el mismo no computaría para el cálculo de la indemnización para el despido. Lo digo porque un convenio no puede decidir sobre qué conceptos computan y qué conceptos no para la indemnización de despido. Y así sería si el concepto establece un plus de transporte que no está ligado al efectivo coste de dicho desplazamiento para el trabajador.

¿Qué pensáis?
 

jcg73

Miembro conocido
Entiendo que si el convenio no lo establece como percepción extrasalarial sí que lo computaría. Pero por ejemplo el plus manutención de hostelería, si trabajas solo 4 horas y ya vienes comido o cenado, lo retribuirías igual?
 

Man_olo

Miembro
El convenio de aplicación como clasifica las percepciones salariales. ¿Salariales y extrasalariales?.

Y el plus de transporte ¿Se encuentra entre las extralariales ?. En este supuesto no debería incluirse en la indemnización.
 

FERNANDO

Miembro conocido
El convenio lo establece como extrasalarial. Pero me reafirmo: solo es extrasalarial si, efectivamente, compensa la ida y vuelta del trabajador a su puesto de trabajo, lo establezca el convenio o no.

Los tribunales dicen que, si el convenio dice que el plus es extrasalarial no computa. Ahora bien, yo entiendo que, por el principio de jerarquía normativa, un convenio no puede modificar lo dicho por ley. Por tanto ,si yo establezco un plus de transporte pero que, efectivametne, no compensa gasto alguno, entonces, entiendo que el concepto sería salarial.
 

Mr. White

Miembro activo
De acuerdo con Fernando y es lo que mantiene el Supremo, al margen de la denominación que las partes le hayan dado en el Convenio depende de si remunera o no de forma efectiva el gasto de transporte del trabajador....
 
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