El convenio de establecimientos sanitarios de a Coruña en su articulo 27 indica que todos los trabajadores que se jubilen antes de los 64 años percibirán un premio. La cantidad varía según se jubile a los 60 años cumplidos, 61 años, 62 años o 63años ( cada edad cumplida en el momento de la jubilación anticipada tiene un importe). Aquí me surge la duda. Y si se jubila a los 64 años y 3 meses? tiene derecho la premio de los 63 años o ya no le corresponde nada porque el articulo dice exactamente en el primer párrafo ¨se concederá un premio a las personas que se jubilen antes de los 64 años, de acuerdo con las tablas siguientes¨