Buenas noches, comento un asunto por si alguien pudiera darme norte.
Empresa que con fecha de 14 de marzo inicia un ERTE FM, manteniendo a 12 fijos a tiempo completo y a 12 fijos discontinuos que habian iniciado llamamiento en suspensión hasta el 1 de Julio.
Con fecha de 6 de enero los fijos discontinuos pasan a inactividad. Llevan desde el 1 de Julio trabajando. ¿Podría la empresa en éste caso enviar solicitud colectiva para que éstos fijos discontinuos accedan a la prestación extraordinaria, o es necesario que hayan pasado a inactividad mientras seguían afectados por el erte?
Empresa que con fecha de 14 de marzo inicia un ERTE FM, manteniendo a 12 fijos a tiempo completo y a 12 fijos discontinuos que habian iniciado llamamiento en suspensión hasta el 1 de Julio.
Con fecha de 6 de enero los fijos discontinuos pasan a inactividad. Llevan desde el 1 de Julio trabajando. ¿Podría la empresa en éste caso enviar solicitud colectiva para que éstos fijos discontinuos accedan a la prestación extraordinaria, o es necesario que hayan pasado a inactividad mientras seguían afectados por el erte?