Prestación paternidad- inactividad fijo discontinuo

José2022

Miembro activo
Hola, si un trabajador con contrato fijo discontinuo y está en periodo de inactividad y va a ser padre. ¿Puede optar a la prestación de paternidad?
Si no puede ,la opción de darse de alta y a los 4 días nace el hijo y solicitarlo,como lo veís?
 

fundación

Miembro conocido
Criterio del INSS.

La DGOSS establece, en relación con si el hecho de no haber disfrutado de las seis semanas de descanso obligatorio excluye a la trabajadora del derecho a disfrutar las diez semanas de descanso voluntario, lo siguiente:

“Pues bien, la solución de la discrepancia en este punto debe ser distinta para los trabajadores fijos discontinuos que se encuentran en situación de inactividad entre temporadas que para el resto de trabajadores, puesto que para aquellos exigir el disfrute del descanso de seis semanas inmediatamente posteriores al hecho causante para poder tener derecho a las 10 semanas de descanso voluntario equivaldría a imponerles una obligación de imposible cumplimiento (artículo 1184 del Código Civil), puesto que no puede disfrutarse un permiso cuando se está en la situación de inactividad debida a la propia dinámica del contrato de trabajo fijo discontinuo, cuando no existe obligación de prestar servicios al empresario ni el derecho a percibir retribución, y la persona se encuentra en situación de baja en el régimen correspondiente”. Así pues, conforme a lo anteriormente dispuesto, se concluye que: “Por tanto, para los trabajadores fijos discontinuos que se encuentren en la situación de esta trabajadora, esto es, cuando el hecho causante de la prestación por NYCM se haya producido en un período de inactividad entre llamamientos, manteniéndose tal inactividad durante las seis semanas siguientes al hecho causante, debe considerarse cumplida la obligación de disfrutar de dicho descanso a efectos de poder causar derecho posteriormente al subsidio por el descanso voluntario de 10 semanas, total o parcialmente, una vez que se produzca el llamamiento, especialmente si se tiene en cuenta, como señala esa Entidad Gestora, que no se puede solicitar la prestación hasta entonces, ya que no es posible determinar cuándo va a tener lugar el permiso voluntario por NYCM si se desconoce en qué momento se va a reanudar la actividad laboral.

Ahora bien, si una parte de esas seis semanas de descanso obligatorio tuviera lugar una vez producido el llamamiento, deberá disfrutarse la parte restante del descanso obligatorio para poder disfrutar posteriormente del descanso voluntario de 10 semanas”.
 

Carlos80

Miembro
A la pregunta de José. Puede optar a la prestación de paternidad si está en periodo de inactividad?

Sería entonces Si?

Perdona fundación,pero lo he leído 3 veces y es demasiado técnico para mí.
 

Wastual

Miembro conocido
A la pregunta de José. Puede optar a la prestación de paternidad si está en periodo de inactividad?

Sería entonces Si?

Perdona fundación,pero lo he leído 3 veces y es demasiado técnico para mí.
Sí puede.
Lo que indica el compañero @fundación es un aspecto adicional pero que resulta fundamental tenerle en cuenta también. Si las primeras seis semanas posteriores al nacimiento de carácter obligatorio coinciden, en su totalidad, con el periodo de inactividad, puede disfrutarse del resto del permiso. Según ese informe, existían dudas de esto último ya que, al no prestar servicios la persona trabajadora que ha sido progenitora, no se podría suspender el contrato de trabajo porque ya se encontraba en esa situación, por otra causa (inactividad productiva).
Ahora bien, si hay llamamiento antes de que finalice ese periodo inicial, el tiempo que reste debe cumplirse desde el mismo día en el que se incorpore, de manera inmediata, hasta su finalización.
 

fundación

Miembro conocido
A la pregunta de José. Puede optar a la prestación de paternidad si está en periodo de inactividad?

Sería entonces Si?

Perdona fundación,pero lo he leído 3 veces y es demasiado técnico para mí.

Sí claro, ese criterio es información complementaria a la añadida.

Información más general:

 

Petrus

Miembro conocido
Cierto, causa derecho a prestación, pero solo empezaría a cobrar cuando se reanude actividad.
Me informaré, pero he tenido una maternidad al mes de inactividad y le envié el certificado de empresa a la trabajadora para llevarlo al INSS, ahora me tocará reincorporarla y le preguntaré si estaba o no cobrando del INSS porque yo daba por hecho que si.
 
Arriba