buenas a todos!!! me lo he leído y releído pero como ya no se que no se nada, por confirmar, un autónomo que no cotiza por cese, ¿solo puede acceder a la prestación de RETAS SIN CARENCIA art 13.2? ¿estoy en lo cierto? las demás piden cotización previa por cese o se me escapa algo? mil gracias!!