PRESTACION POR PATERNIDAD

sergi

Miembro
Buenas tardes,
tengo un trabajador que ha sido padre con fecha 28-05-16.
Su intención, como hay buena relación con la empresa, es disfrutar del permiso en SEPTIEMBRE porque es consciente del volumen de trabajo que tiene la empresa en verano.

1- Entiendo que tiene las 16 semanas (4 meses) de maternidad para disfrutar de su permiso por paternidad, es decir, hasta el 27-09-16.

2- En su certificado de empresa, creo que tengo que poner la BCCC del mes anterior al parto, es decir, la base de abril, independientemente de que disfrute la paternidad en septiembre.

¿Es así?  ??? ::) :-\
Muchísimas gracias de antemano.
Un saludo,.
 

Ro

Miembro activo
Sí puede disfrutar la baja de paternidad dentro de los 112 días. Y la base de cotización es la del mes anterior a la baja de paternidad.
 
Hola, pasados esos 112 dias no se puede no? tengo un trabajador que ahora me dice que su hijo nació el 6 de abril y que quiere disfrutar la paternidad el 29 de agosto ??  de no poder, habria perdido el derecho,no?

Muchas gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues salvo supuestos especiales, como parto múltiple (que para las fechas que indicas, como mímimo deberían  ser trillizos) y que supongan una duración mayor del permiso de maternidad, o que éste se haya iniciado en fecah posterior al parto, por ejemplo por hospitalización del neonato, no, a estas alturas temo que el padre no podrá disfrutar del permiso de paternidad.
En cualquier caso, quien lo concede es el INSS, parece que no le va a corresponder, pero que lo pida y que sea el Inss  el que se lo deniegue o, en su caso, conceda.

Saludos
 
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