Esta tarde hemos estado en unas jornadas convocadas por el colegio oficial de Graduados Sociales y nos ha indicado el ponente que ya existe una sentencia de un trabajador despedido antes de la reforma laboral y le niegan los salarios de tramitación al estimar el juez que la fecha efectos para el derecho a los salarios de tramitación no es la del despido sino la de la sentencia. Se que ha sido en primera instancia pero no me ha quedado muy claro si el juzgado de lo social era el de burgos o el de leon.