PROBLEMÓN

Clo

Nuevo miembro
Trabajador con permiso de trabajo y residencia como estudiante.
Cuando finaliza el permiso de trabajo, pregunto al abogado y me dice que ha renovado permiso y que está todo bien. Me envía fax, que no se muy bien, y lo doy por bueno (fallo garrafal).
Resulta que ahora me dice el abogado que se equivocó, que la prórroga era solo de estudios pero no de trabajo, y que los trámites en extranjería que en teoría estaban resueltos, no lo están (están en ello, dicen).
Doy de baja inmediatamente al trabajador ahora en abril.
Al enviar tc de marzo, me devuelve incidencia. Reviso RED y me encuentro BAJA DE OFICIO con fecha de fin permiso de trabajo (diciembre 2011).
1.- No se quién ha hecho esta baja
2.- El modelo 111 ya está enviado, con los datos de este trabajador que en teoría no está!¿Puedo anular el envío?¿Cómo?
3.- Qué pasa con los seguros sociales de enero y febrero?¿Tengo que solicitar devolución de cuotas? O lo dejo estar??

 
N

Nana

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Hola Clo,

la baja la hace de oficio la TGSS.

Respecto a los seguros sociales presenta escrito ante la Tesoreria, solicitando la devolucion de cuotas, explicando todo el desarrollo de los hechos (indicando que la baja la han realizado de oficio) y adjuntando copia de los TC2 en los que aparezca dicho trabajador y la respuesta RED

Del tema impuestos no te puedo ayudar, por suerte cuando me paso a mi (un trabajador habia falsificado la documentacion) aun no se habia enviado el 111  :eek:

Un saludo
 

Clo

Nuevo miembro
Gracias Nana por tu respuesta!
Me sonaba que había leido hacía tiempo una intervención donde indicaban cómo anular impuestos domiciliados. La encontré, era un post de Charo. Intenté hacerlo pero me dicen que ya no se puede anular... Tienes que reconocer deuda o aplazar, pagar el nuevo importe, y luego hacer escrito anulando el reconocimientod e deuda o el aplazamiento... Lo digo x si os sirve...
Cuestión: lo más serncillo es regularizar con los próximos 111 y listo.
Conclusión: Es tal cual a todos los efectos como si esta persona no hubiese estado trabajando! No figurará en 111-190, ni en nóminas, ni en s.s.!Ahora tengo que comentárselo a las personas de contabilidad, a ver cómo se lo montan...
¿El solicitar devolución de cuotas de s.s. no pondrá ser "peligroso"?¿O es mejor eso a que queden unas cotizaciones colgando, sin trabajador???
 
N

Nana

Guest
Hola Clo,

gracias por lo de los impuestos, si me vuelve a ocurrir (cruzo dedos que no!) ya sabria como proceder.

Del tema devolucion de cuotas no creo que sea peligroso, en mi caso fue la propia TGSS la que se comunico con nosotros para "comentarnos" el problema y la que nos indico que teniamos que solicitar la devolucion de cuotas

De todas maneras, si tienes confianza con algun funcionario de la TGSS comentalo a ver que te recomienda, porque en estos tiempos ya no sabes de donde te puede salir el multazo  :eek:
 

Clo

Nuevo miembro
Hola!
La cuestión es que no he hecho nada con este tema, y lo iba a dejar correr... pero me acaban de llamar de tgss y me dicen si realmente la trabajadora estuvo o no trabajando esos dos meses de más...
Les dije q no lo sabía y que consultaría a la emrpesa, y me contesta que las opciones son:
- si REALMENTE NO estuvo trabajando, se solicita devolución de cuotas y se anulan esos movimientos de cotización
- si trabajó, pues hay que DAR ALTA y se mantienen las cotizaciones...
La cuestión es que sí trabajó, pero no se podrá hacer alta xq no tiene permiso de trabajo... por lo que entiendo que la única opción es decir que no trabajó y solcitar devolución de cuotas... No veis otra opción viable en este caso, verdad?
 
N

Nana

Guest
Pues mi experiencia me indica que solicites devolucion de cuotas, porque en mi caso, el chaval estuvo trabajando como un campeon y la TGSS nos dijo que ná de ná, cuotas fuera (porque como no tenia permiso de trabajo no podia estar dado de alta, vamos, como la pescadilla)

Veo que como la propia TGSS dio de oficio la baja era porque ellos mismos consideraban que no cumplia con los requisitos para el alta.

A unas malas consulta con Inspeccion de trabajo  8)
 
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