Buenos días,
Este es un tema ya hablado en el foro, pero a ver si me podéis ayudar. Nosotros cuando un contrato de trabajo inicia a tiempo parcial y luego se amplía jornada o viceversa, no suscribimos un nuevo contrato sino un anexo de ampliación o disminución de jornada, que ahora ya no se registra en el SEPE. En su día, la administración de la Seguridad Social (Santiago) nos dijo que no procedía cambiar el código de contrato, sino solo la parcialidad, de manera que tenemos contratos 200 sin parcialidad. Me consta que en otras comunidades daban las mismas instrucciones pues un compañero de Asturias lo hacía igual por ese cambio de criterio de la administración. Ahora ya no lo hago así porque estoy teniendo problemas con la inspección, pero los que tengo de atrás pues los tengo así. La cuestión es que una inspectora de Madrid me ha solicitado cambiar el código de contrato a un 100, pero no me ha hecho requerimiento por escrito y en SS me responden que no me lo cambian porque no he hecho un nuevo contrato 100 y lo he registrado en el SEPE, sino que lo que se ha hecho es una ampliación del contrato vigente (200) y no un nuevo contrato, que no procede el cambio de contrato...
Pregunto, ¿vosotros en estos casos hacéis un nuevo contrato y lo registráis en el SEPE????
Este es un tema ya hablado en el foro, pero a ver si me podéis ayudar. Nosotros cuando un contrato de trabajo inicia a tiempo parcial y luego se amplía jornada o viceversa, no suscribimos un nuevo contrato sino un anexo de ampliación o disminución de jornada, que ahora ya no se registra en el SEPE. En su día, la administración de la Seguridad Social (Santiago) nos dijo que no procedía cambiar el código de contrato, sino solo la parcialidad, de manera que tenemos contratos 200 sin parcialidad. Me consta que en otras comunidades daban las mismas instrucciones pues un compañero de Asturias lo hacía igual por ese cambio de criterio de la administración. Ahora ya no lo hago así porque estoy teniendo problemas con la inspección, pero los que tengo de atrás pues los tengo así. La cuestión es que una inspectora de Madrid me ha solicitado cambiar el código de contrato a un 100, pero no me ha hecho requerimiento por escrito y en SS me responden que no me lo cambian porque no he hecho un nuevo contrato 100 y lo he registrado en el SEPE, sino que lo que se ha hecho es una ampliación del contrato vigente (200) y no un nuevo contrato, que no procede el cambio de contrato...
Pregunto, ¿vosotros en estos casos hacéis un nuevo contrato y lo registráis en el SEPE????