Caslaboral
Miembro conocido
Buenos días,
El convenio de transporte mecánico de viajeros de Barcelona establece en su articulo numero 21 lo siguiente:
"La contratación a tiempo parcial quedará limitada, en cada empresa, a un máximo del 20% sobre el total de los contratos fijos de su plantilla. A los efectos del citado porcentaje no serán computables los contratos a tiempo parcial indefinidos que, como mínimo, ocupen el 80% de la jornada anual."
Tengo una empresa nueva que se va a dedicar a hacer rutas de, por ejemplo, llevar niños a la escuela, etc etc. Por tanto, las horas que necesita conductores son muy limitadas, serán contratos de 4 h diarias, 2 por la mañana y dos por la tarde. Leyendo el convenio me he dado cuenta del párrafo anterior, la pregunta seria: como lo hago? NO hay opción de que el trabajador este a jornada completa ya que no estará mirando musarañas 4 horas y trabajando las otras 4.
Alguna opinión sobre este convenio?
El convenio de transporte mecánico de viajeros de Barcelona establece en su articulo numero 21 lo siguiente:
"La contratación a tiempo parcial quedará limitada, en cada empresa, a un máximo del 20% sobre el total de los contratos fijos de su plantilla. A los efectos del citado porcentaje no serán computables los contratos a tiempo parcial indefinidos que, como mínimo, ocupen el 80% de la jornada anual."
Tengo una empresa nueva que se va a dedicar a hacer rutas de, por ejemplo, llevar niños a la escuela, etc etc. Por tanto, las horas que necesita conductores son muy limitadas, serán contratos de 4 h diarias, 2 por la mañana y dos por la tarde. Leyendo el convenio me he dado cuenta del párrafo anterior, la pregunta seria: como lo hago? NO hay opción de que el trabajador este a jornada completa ya que no estará mirando musarañas 4 horas y trabajando las otras 4.
Alguna opinión sobre este convenio?