Problema matemático: cálculo aportación SS prestación desempleo

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Como si fuera un problema matemático:

El tope máximo de la prestación por desempleo sin hijos es de 1.098,09 euros que son 36,60 euros al dia
Trabajador con jornada a tiempo parcial del 20%, por lo que su máximo serán 36,60 x 20% = 7,32 euros al día x 30 días = 219,60 euros.


La base de cotización del trabajador es de 26,71 euros por lo que el 70% sería 18,69 euros
Como está por encima del tope máximo, se aplicarían los 7,32 euros
Así, su prestación sería de 219,60 euros

Al trabajador se le descuentan 51 euros de Aportación a la SS
Si el cálculo de esta aportación a la SS es del 4,7% de la base de cotización debería ser 26,71 x 4,7% = 1,25 x 30 = 37,66 euros

No entiendo por qué se descuentan 51 euros y no 37,66 euros

 

Santiago

Miembro conocido
En principio creo que no debería aplicarse el IRPF
En la nòmina del SEPE se indica Aportación a la SS
No dice nada del IRPF
 

Cachilipox

Miembro conocido
¿Cuantos días de prestación es eso?
¿Que neto a cobrado el trabajador?
¿Desde que fecha tenía el ERTE?
Es que pudiera ser 51 € / 1,25 €/dia = 41 días
 

Santiago

Miembro conocido
Pues sí, me temo que no es el 4,70% sino el 6,35%.
Eso pensé en primera instancia pero según el SEPE debería ser el 4,70%
 

Fedayn

Miembro
Sï, es el 6,35% o el 6,40% en el caso de suspensión o reducción de jornada. Cuando es extinción, es el 4,70%.

El motivo es que en extinción no tiene sentido cotizar por la contingencias profesionales, al no estar de alta.

De hecho, la cotización del desempleo al 4,70% (contingencias comunes) por la cuota obrera es la excepción a la regla general de cotización en el RGSS pero como estamos acostumbrados al desempleo derivado de extinción y no al de suspensión/reducción, nos parece que es la regla general.

En la normativa es el artículo 273.3 LGSS:

3. Cuando se haya extinguido la relación laboral, la cotización a la Seguridad Social no comprenderá las cuotas correspondientes a desempleo, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional



Saludos.
 
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