Profesional y 130

rjgtijola

Miembro
Buenas.
En qué circunstancias, un profesional (abogado, ingeniero...) tendría obligación de presentar el 130?
Hay alguna circunstancia que le obligue a ello?

Gracias.
 

Naru

Nuevo miembro
Si más del 70% de sus ingresos están sometidos a retención, no existe obligación de presentar el 130.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Matización: ;)

Si durante el ejercicio anterior (2015) más del 70% de los ingresos estuvieron sometidos a retención, no tiene obligación de presentar el modelo 130 en 2016; pero si en 2016, menos del 70% de los ingresos se sometieron a retención, en 2017 deberá presentar el modelo 130.

Matizo porque he visto esta duda en varios foros y algún "espabilao sabelotodo" hasta mantenía que la "exención" era trimestre a trimestre. :-[

Salu2.  8)
 

PEDROJ

Nuevo miembro
Comparto tu opinión, 

Lo único que dice la AEAT es que si es tu primer año de actividad se procede del siguiente modo:

En concreto no tendrán la obligación de rellenar y por lo tanto presentar el modelo 130 aquellos profesionales cuyos ingresos durante el año anterior estén sometidos a retención en más de un 70% o tratándose del primer año de actividad, cuando durante los ingresos que debieran de computarse en el modelo 130 estén sometidos a retención en un porcentaje superior al 70%.

Lo de trimestre a trimestre es la primera vez que lo escucho y me quedo como tu.  ::) 

Ichitaka Seto dijo:
Matización: ;)

Si durante el ejercicio anterior (2015) más del 70% de los ingresos estuvieron sometidos a retención, no tiene obligación de presentar el modelo 130 en 2016; pero si en 2016, menos del 70% de los ingresos se sometieron a retención, en 2017 deberá presentar el modelo 130.

Matizo porque he visto esta duda en varios foros y algún "espabilao sabelotodo" hasta mantenía que la "exención" era trimestre a trimestre. :-[

Salu2.  8)
 

Naru

Nuevo miembro
Nunca había oido lo de trimestre a trimestre. Yo me refería a ejercicios completos, como bien habéis matizado.
 
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