Acabo de dar de alta a un trabajador con un contrato 502, resulta que está incorporado al programa de activación para el empleo y reconocida la ayuda económica de acompañamiento, por lo tanto tiene derecho a compatibilizarla con el trabajo. Ya hemos entregado en el INEM la comunicación de la contratación y ya está sellada por el mismo. Ahora mi pregunta es? aplicamos directamente el descuento de salario correspondiente en la nómina, o tendríamos que hacer algo más. En sistema red, está de alta como un 502 normal, ya que me dicen que al no ser bonificación sobre las cotizaciones a ellos no le tenemos que comunicar nada. Alguien ha hecho alguno de este tipo?. gracias de antemano por vuestra ayuda.