V
val2005
Guest
Buenas tardes.
Según el programa excepcional de empleo, pueden ser objeto de reducción las personas desempleadas inscritas ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos desde el 1 de enero de 2011, y que pertenezca a alguno de estos colectivos:
Jóvenes hasta 30 años de edad, inclusive
Personas desempleadas inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación.
El caso es una señora de 47 años que actualmente está trabajando a media jornada en una empresa y percibiendo el desempleo por la otra mitad de la jornada.
¿en este caso, podría aplicarse dicha reducción?
Según el programa excepcional de empleo, pueden ser objeto de reducción las personas desempleadas inscritas ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos desde el 1 de enero de 2011, y que pertenezca a alguno de estos colectivos:
Jóvenes hasta 30 años de edad, inclusive
Personas desempleadas inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación.
El caso es una señora de 47 años que actualmente está trabajando a media jornada en una empresa y percibiendo el desempleo por la otra mitad de la jornada.
¿en este caso, podría aplicarse dicha reducción?