BUENOS DIAS:
TENGO UNA DUDA GRANDISIMA CON RESPECTO A UN CALCULO Y A VER SI PODEIS AYUDARME:
EL CONVENIO COLECTIVO DE FORMACION NO REGLADA ESTABLECE UN SALARIO ANUAL DE 13.688,98 EUROS PARA UN PROFESOR TITULAR, LO CUAL DIVIDIDO ENTRE 14 PAGAS (12 MESES MAS DOS EXTRAX) DA 977,78 EUROS.
EL PROPIO CONVENIO ESTABLECE UNA JORNADA ANUAL DE 1.446 HORAS.
TENGO QUE HACER UN CONTRATO A UN PROFESOR DE SEIS MESES DE DURACION Y EN DICHO PERIODO HARA UN TOTAL DE 385 HORAS (HABRA SEMANAS QUE REALICE CUATRO HORAS, OTRAS SEMANAS OCHO...)
Y MI DUDA ES., ¿COMO HAGO LA PROPORCION DE LA JORNADA?.
YO HE PENSADO LO SIGUIENTE, PERO NO SÉ, NO SÉ
1.446 HORAS AL AÑO (DOCE MESES), LUEGO SEIS MESES QUE VA A SER EL CONTRATO = 723 HORAS (SEIS MESES).
Y AHORA 723 HORAS ---------------------------- 100 %
385 HORAS (DEL CONTRATO) ------- X
POR TANTO LA JORNADA ES DE 53,25 %.
PENSAIS QUE ESTO ESTA BIEN CALCULADO ASI?
POR OTRO LADO Y, PARA QUIEN APLIQUE ESTE CONVENIO, EL TRABAJADOR EN CONCRETO VA A REALIZAR CURSOS DE FORMACION. DUDO CON LA CATEGORIA DE PROFESOR TITULAR Y LA CATEGORIA DE INSTRUCTOR. ¿ME PODEIS INDICAR QUE DIFERENCIA HAY ENTRE UNA U OTRA CATEGORIA?.
COMO SIEMPRE, GRACIAS POR VUESTRA AYUDA.
TENGO UNA DUDA GRANDISIMA CON RESPECTO A UN CALCULO Y A VER SI PODEIS AYUDARME:
EL CONVENIO COLECTIVO DE FORMACION NO REGLADA ESTABLECE UN SALARIO ANUAL DE 13.688,98 EUROS PARA UN PROFESOR TITULAR, LO CUAL DIVIDIDO ENTRE 14 PAGAS (12 MESES MAS DOS EXTRAX) DA 977,78 EUROS.
EL PROPIO CONVENIO ESTABLECE UNA JORNADA ANUAL DE 1.446 HORAS.
TENGO QUE HACER UN CONTRATO A UN PROFESOR DE SEIS MESES DE DURACION Y EN DICHO PERIODO HARA UN TOTAL DE 385 HORAS (HABRA SEMANAS QUE REALICE CUATRO HORAS, OTRAS SEMANAS OCHO...)
Y MI DUDA ES., ¿COMO HAGO LA PROPORCION DE LA JORNADA?.
YO HE PENSADO LO SIGUIENTE, PERO NO SÉ, NO SÉ
1.446 HORAS AL AÑO (DOCE MESES), LUEGO SEIS MESES QUE VA A SER EL CONTRATO = 723 HORAS (SEIS MESES).
Y AHORA 723 HORAS ---------------------------- 100 %
385 HORAS (DEL CONTRATO) ------- X
POR TANTO LA JORNADA ES DE 53,25 %.
PENSAIS QUE ESTO ESTA BIEN CALCULADO ASI?
POR OTRO LADO Y, PARA QUIEN APLIQUE ESTE CONVENIO, EL TRABAJADOR EN CONCRETO VA A REALIZAR CURSOS DE FORMACION. DUDO CON LA CATEGORIA DE PROFESOR TITULAR Y LA CATEGORIA DE INSTRUCTOR. ¿ME PODEIS INDICAR QUE DIFERENCIA HAY ENTRE UNA U OTRA CATEGORIA?.
COMO SIEMPRE, GRACIAS POR VUESTRA AYUDA.