Duración de contratos y beneficio del incentivo.
1.- Contratos Indefinidos. 24 meses (12 meses + 12 meses prorrogables), siempre que el contrato no se interrumpa y se mantenga el 50% de la jornada.
2.- Contratos de Interinidad. Aplicación de la medida mientras este el contrato vigente y no supere los 2 años. (12 meses + 12 meses prorrogables).
3.- Contrato de Obra o Servicio. Si el contrato por obra o servicio dura menos de 2 años, se podrá disfrutar del incentivo durante este periodo.
4.- Contrato Eventual. Se puede disfrutar del contrato incentivado durante la duración del contrato eventual, así como durante la prorroga de dicho contrato.
5.- Contrato Temporal a Indefinido. A contar desde la fecha de alta del primer contrato temporal, se puede disfrutar también durante el contrato indefinido hasta agotar los 12 meses + 12 meses prorrogables.
Por lo tanto yo entiendo que si has hecho un 502 por seis meses sólo podrás prorrogarlo si el convenio te lo permite y como máximo 12 meses.