PRORROGAS CONTRATOS CIRCUNSTACIALES

Narvaez

Nuevo miembro
Seguramenta ya lo habreis comentado en alguna ocasion, pero es que le he dado al buscador y no ha encontrado nada, así que os cuento.

En una empresa de mensajeria se le realiza un contrato circunstacial a una trabajadora por un mes (del 21/10/10 al 20/01/11) cuando cumplio se le realiza una prorroga de otro mes (21/01/2011 al 20/02/2011) mi duda es la siguiente:

Si en los contratos circunstaciales dice "los contratos circunstanciales,  se pueden prorrogar una sola vez, sin que la duración del contrato pueda exceder  de seis meses dentro de un periodo de doce." entiendo que no se la puede hacer otra prorroga, la empresa quiere hacerle otra por una semana más y luego pasarla a otra empresa por un mes y despues que vuelva a pasar de nuevo a ellos, esto no se puede hacer verdad? que me aconsejais hacer ante esta situación, ya que no la quieren hacer fija.?
nota: el convenio dice que este tipo de contrato tendran una duración maxima de 12 meses
Muchas gracias.

 

Nando_bcn

Miembro conocido
Exacto, no le puedes prorrogar de nuevo el contrato eventual ya que, aunque no ha agotado la duración máxima, sólo admite una prórroga.

Respecto a qué contrato temporal hacer..., pìensa (o que te digan) que causas de temporalidad válidas pueden existir.
Piensa que los contratos temporales son causales, y el "no quererla hacer fija" no se corresponde con ninguna causa de temporalidad.

Saludos
 

fundación

Miembro conocido
Pero puedes hacer un escrito anexo al contrato y registrarlo en el INEM donde, firmado por las partes de mutuo acuerdo se modifique la duración de la prórroga vigente.
 

Narvaez

Nuevo miembro
muchas gracias por tu respuesta.
La temporalidad no existe en si misma,  sino por acumulacion de tareas propiamente dicha y eso es la causa por la que se realizo este primer contrato "campaña navidad".

Fundacion que me dices ???.....como lo tendria que hacer????? poniendo los datos del empresario, trabajador, contrato, la primera prorroga y que más? y lo tengo que llevar a la oficina del Inem o lo puedo registrar por contrat@, cuenta.... cuenta... soy toda oidos :) .
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Cierto, si hay mutuo acuerdo, tal vez podría intentarse lo del escrito modificando la fecha de término de la prórroga, aunque si la causa de temporalidad, por lo que dices, no existe..., al final, llegado el caso, puede no servir para nada. Si quieres mantener la temporalidad se supone que es sobre la base de que puedes defender, llegado el caso, la extinciòn del contrato por llegar éste  a su término, pero si el caso es tan claro..., en fin, que al final es cuestión de que el trabajador no esté bien asesorado o le interese cobrar el paro..., en fin cruzar los dedos, como suelo decir.

En definitiva. yo trato de buscar soluciones que, llegado el caso, pueda defender (ante el trabajador, un juez, la inspección...), al menos, sino al 100%,  con ciertas garantías de éxito.

Saludos
 

Narvaez

Nuevo miembro
Tienes razón Nando, ;) creo que se debe de hacer lo más real posible, pero como hay veces que no depende de nosotros sino que el empresario en realidad le dice lo que es "legal" y en mi caso buscan las vueltas para hacerlo a su interes, aunque como bien dices, yo les aviso de lo que deberian de hacer y luego es su responsabilidad el no hacerlo, así es es mi caso algunos te siguen a pie juntillas y otros se hacen los "locos".
Gracias
 

fundación

Miembro conocido
Pues, aparte de la existencia de causa de temporalidad, puedes realizar un escrito de acuerdo entre las partes indicando que la fecha real de extinción del contrato con su única prórroga es xx-xx-xx, manteniéndose las mismas causas de temporalidad en ese tiempo, siendo la duración total igual o inferior a la máxima legal para ese tipo de contrato, etc. , con los datos del contrato, de la empresa, del/la trabajador/a, nº de registro, fecha de registro, etc. etc.
 

toni

Miembro conocido
No hace falta escrito,  a traves de CONTRAT@, se puede modificar la fecha de vencimiento, tanto del contrato como de la prorroga. Tienes 30 dias, asi que hasta el lunes estas a tiempo de modificar la fecha.
 

Raquel GR

Miembro activo
Efectivamente Toni, a la par que se vuelve a firmar la prórroga por ambas partes con la nueva fecha de fin
 

Narvaez

Nuevo miembro
Muchas gracias a tod@s por vuestras respuestas.
Lo cierto es que al final han firmado el documento como me dijo Fundación  y lo presentare en la oficina del Inem porque a la contestacion de Toni  :-\ lastima que no la puede llegar a ver hasta hoy.
Gracias de nuevo. un saludo.
 

fundación

Miembro conocido
Es correcto y más sencillo hacerlo por Contrat@, pero pensaba que el plazo de corrección era de pocos días.
 
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