Publicación Convenio Taxis

Rosa2018

Miembro activo
Buenas tardes, ha salido publicado en agosto el convenio nacional de auto taxis. En las cláusulas se establece q pueden ser abonados en los 6 meses siguientes...esto significa que se puede hacer los atrasos, por ejemplo, en septiembre por ejemplo...o se refiere solo al abono y no a la cotización ....
 

Wastual

Miembro conocido
La cotización está regulada por norma que no puede ser modificada en absoluto por una cláusula convencional. Así, como apuntas, la cotización de los atrasos salariales publicados no está vinculado en modo alguno a lo pactado para su abono y, por ello, debe realizarse mediante la L03 correspondiente y afectando a los meses pasados en los cuales se produjeron tales diferencias. Ánimo.
 

Manu.cc.

Miembro activo
Y una pregunta con respecto a este convenio, la tabla salarial marca que el salario base mínimo anual son 17.500€, pero ahí ¿ya estarían incluidas las pagas extras o no?

El artículo 43 dice:
Las gratificaciones extraordinarias serán del 100 por 100 del salario base del convenio de aplicación más la antigüedad que
corresponda

De ser 17.500€ + pagas estamos hablando de unos atrasos considerables y lo que me extraña es que para el 2024 sean 360€ de atrasos solamente
 

toni

Miembro conocido
"Los atrasos correspondientes a 2025 podran abonarse de forma prorrateada durante los seis meses siguientes a la fecha de publicacion en el BOE".

Lo que yo voy a hacer, calcular los atrasos de enero a julio, dividirlo entre 6 meses y cada mes ponerlo en nomina, paso de L03.
 

Rosa2018

Miembro activo
Pero en este caso indican salario base anual...y pagas extras del importe del cien por cien del salario base anual. Pienso que no se incluyen
 

toni

Miembro conocido
Si no estubieran incluidas, nos iriamos a 17.500/12=1458,33 euros mes. Si a esa cantidad tenemos que sumarle aparte dos pagas de 1458,33 al mes nos iriamos a 20.416,62... Mucha muchisina diferencia me parece a mi...
 
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