Quebranto de moneda y plus de locomoción cotizan

FJRQ

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Buenas tardes:

Tengo una duda relativa a la cotización o no de dos pluses. En concreto, se trataría del plus de locomoción, en el cual el convenio de autotaxis a nivel nacional, especifica una cantidad al igual que la del quebranto de moneda. En este caso, ¿ se ha de incluir en la base de cotización estos dos conceptos desde el 22 de Diciembre?.Gracias.
 
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