Quebranto de Moneda

Karlos

Nuevo miembro
Hola. Me gustaría saber si el concepto de Quebranto de Moneda cotiza a IRPF y en qué límites si es el caso. Muchas Gracias!!
 

Nando_bcn

Miembro conocido
¿cotiza a IRPF?

a ver, no cotiza, pero a efectos de Seguridad Social, pero con el límite del 20% del IPREM (el exceso sí cotiza) y teniendo en cuenta que ese límite afecta a un conjunto de conceptos (de haberlos): plus herramientas, ropa de trabajo...)

A efectos del IRPF tributa desde el primer céntimo.


Un saludo
 
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