Quilometrage exento y no exento

Santiago

Miembro conocido
Buenos días

Según el Convenio de Oficinas y Despachos de Cataluña el kilometraje se paga a 0,30 euros el kilómetro, de los cuales 0,19 euros están exentos y 0,11 no están exentos de tributar.
La pregunta sería, ¿una empresa puede optar voluntariamente por pagar a sus trabajadores únicamente los 0,19 euros por kilómetro y no pagar los 0,11 no exentos?
Entiendo que de poder puede, pero en caso de inspección, ¿se podría reclamar la diferencia por no cumplir lo que dicta el convenio?
Gracias
 

NOEMI

Miembro conocido
Yo creo que una cosa es el tratamiento fiscal de esos kilómetros y otra el pago.
Creo que la empresa debe pagar lo que marca el convenio, y de esa cantidad tributar lo que corresponda.
 

Mr. White

Miembro activo
Correcto.

Hay que pagar lo que dice el Convenio y tributar y cotizar (porque el exceso sobre los 0,19 tributa y también cotiza) según dice la norma fiscal y de SS.
 
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