HOla,tengo una duda. Tenemos dos músicos encuadrados en el régimen de artistas y realizaban actuaciones una vez a la semana durante el mes de agosto, y como realizaba alta/baja de cada uno de ellos los lunes de cada semana (estos músicos actuaban viernes), pero al hacerlo los lunes de cada semana para que no se me olvidara, resulta que después del viernes, me dice el empresario que un viernes en concreto no actuaron, por lo que, ya no podía anular el alta previa presentada. En este caso, ¿podría cotizar por lo mínimo ese día que no puedo anular el alta y dejarle sin salario a dicho músico?. Y por otro lado, si en uno de esos días, me dice que tan sólo actuó 20 minutos y tenía pactada una hora a razón de 50 euros dicha actuación, ¿qué podría hacer en este caso, a la hora de hacer el cálculo de su nómina y su cotización?.Muchas gracias por vuestra ayuda.