RDL 16/2013, ¿DESDE MARZO MANDO NÓMINAS???

martel

Miembro
duda, ¿cómo es eso de que tengo que enviar los salarios de c/trabajador...mi no entender.
¿tengo que enviar 2 envios, 1 de seguros Sociales y otro de Nóminas?.
Por cierto, cuando empiezan la famosa reducción de tipos de contratos?, ¿Seguimos todavía con lo que hay?.
¿Cómo es lo del registro de las horas del tiempo parcial??
Me pierdo......
 

campus34

Miembro conocido
No, no hay que enviar nominas.
Hay que remitir fichero desglosado por empleado y concepto a concepto. Viene descrito en el ultimo boletin de noticias red.
 

elchuske

Miembro conocido
lo siguiente es que con los datos de RED y con ese fichero nuevo se va a calcular las retenciones de los trabajadores y se tendrá que pagar junto con los recibos de la seguridad social a mes vencido y no trimestralmente como hasta ahora . Eso me han dicho .
 

campus34

Miembro conocido
elchuske dijo:
lo siguiente es que con los datos de RED y con ese fichero nuevo se va a calcular las retenciones de los trabajadores y se tendrá que pagar junto con los recibos de la seguridad social a mes vencido y no trimestralmente como hasta ahora . Eso me han dicho .

Pues me parece que lo van a tener complicado para hacer.
¿Cómo saben los datos que introduce el empleado en el modelo 145?
¿Qué ocurre si un empleado desea un tipo superior de IRPF? Por ejemplo, cuando cambia de trabajo en mitad de un ejercicio.
¿Qué ocurre con los conceptos de cotizan y no tributan?
Y así más y más preguntas.

Yo creo que como lo hagan así se van a encontrar con más errores de los esperados...
 

elchuske

Miembro conocido
pues supongo que se encontraran con errores pero poderse hacer se puede. Que tributa?? todo.
que hay variaciones? se notifican .
En todo caso seras TU el que confeccionaras el fichero de recaudación y seras el responsable de que lo que se ingrese es lo correcto .
No tienen porque saber los datos del 145. TU los aplicaras como hasta ahora .
Si en el RED pones lo de siempre y en un apartado lo que le retienes te podrán pasar el recibo por el banco 1/ por la tesoreria 2/ por hacienda.
 

campus34

Miembro conocido
elchuske dijo:
pues supongo que se encontraran con errores pero poderse hacer se puede. Que tributa?? todo.
que hay variaciones? se notifican .
En todo caso seras TU el que confeccionaras el fichero de recaudación y seras el responsable de que lo que se ingrese es lo correcto .
No tienen porque saber los datos del 145. TU los aplicaras como hasta ahora .
Si en el RED pones lo de siempre y en un apartado lo que le retienes te podrán pasar el recibo por el banco 1/ por la tesoreria 2/ por hacienda.

Esto me cuadra más. Pensaba que eran ellos los que calculaban la retención.
Entonces ¿Qué pasará con los profesionales? Si se presentan en el 110, ¿Se deberán informar igualmente?
 

leguleyo

Nuevo miembro
Yo creo que hay que esperar a que esto suceda. No hay normativa que regule este cambio. Cuando la haya, seguro que los proveedores de nómina nos facilitarán gran parte del trabajo.
 

elchuske

Miembro conocido
Campus si mandas el red con las cotizaciones y el fichero de retenciones de los trabajadores pues el 111 solo contendrá las retenciones de los profesionales, el resto ya lo han cobrado
 

BSK

Miembro activo
elchuske dijo:
lo siguiente es que con los datos de RED y con ese fichero nuevo se va a calcular las retenciones de los trabajadores y se tendrá que pagar junto con los recibos de la seguridad social a mes vencido y no trimestralmente como hasta ahora . Eso me han dicho .

A mi me parece genial. Este apartado lo debería delegar la Agencia Tributaria a la Tesorería General de la Seguridad Social. Yo creo que para el empresario es mucho mejor, en vez de pagar 600 euros de sopetón en un trimestre concreto por, imaginad 200 euros mensuales de retención de IRPF de un trabajador, pues lo pagaría mensualmente. Se llevaría más controlado, las empresas no se financiarían con el IRPF de los trabajadores en el período que va desde que se le retiene al trabajador hasta el pago y además habría menos probabilidad de impago. Lo vería una medida muy buena.
 

Iker

Miembro
Personalmente creo que sería lo mejor, pagar todos los impuestos mensualmente. Por ejemplo el día 30, a mes vencido. De este modo, subconscientemente el "golpe" de efecto no sería el mismo. Osea, en términos generales, el empresario pagaría 200 euros al mes de IVA, por ejemplo, y no parecería demasiado, pero si paga 600 de golpe, les parece mucho.

salud !!
 
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