reanudar la ayuda o solicitar subsido.

retapa

Nuevo miembro
Ante todo muchas gracias por prestarme atencion Y por ayudar a mucha gente en este foro, me parece fenomenal.

Les comento, mi mujer es fija discontinua, trabaja del 1 de mayo al 1 de noviembre.

El año pasado solicito paro se lo concedieron del 1 de nobiembre al 1 de Marzo.

el 5 de abril solicito la ayuda pues tenemos una niña y le concedieron ayuda de 6 meses a razon de 415 euros o algo asi, de los cuales pues cobro 25 dias y se paro la prestacion ya que fue dada de alta para trabajar el uno de mayo.

el proximo 6 de marzo si dios quiere nacera nuestro segundo hijo, con lo cual no le quedara mas remedio que quedarse en casa y no trabajar ese año pues dos crios es una gran tarea y ese 2014 pues no trabajara pero nuestra intencion es que para el 2015 trabaje si es posible.

Con lo cual nos surgue la duda.....

Que debe de reanudar la ayuda y dejar el subsidio a un lado para cuando vuelva a trabajar se lo encuentre o debe de solicitar el subsidio y olvidarse de la ayuda?

no se de estos temas la verdad con lo cual pido su modesta opinion.

Por que acavar la ayuda y una vez acabada no se puede solicitar el subsidio no?

gracias de antemano.
 

Júpiter

Nuevo miembro
Creo que has empleado tres conceptos, ayuda subsidio y pretacion contributiva.
¿ Puedes aclarar en que concepto te encuentras o te encontrabas.?
Una cosa es el subsidio, otra es PRESTACION contributiva y otra la ayuda que no se que es.
Saludos
 

retapa

Nuevo miembro
Pues tienes toda la razón me e echo un lió.

Mi mujer ed fija discontinua y termina contrato el 6 de noviembre. Y solicita subsidio por seis meses a razón de 423 o algo así.

El 6 de marzo cumple la fecha para nacer .

Puede solicitar la baja por maternidad y cobrar?

En el inem hoy mismo le han dicho q por ser fija discontinua que no puede????

Yo no se si ella se a liado o le han engañado pero me parece extraño.
 

Júpiter

Nuevo miembro
La referencia a tú pregunta la tienes en la LGSS art. 208.1.4  y art 222 .2 creo.miratelo.
Saludos
 

Júpiter

Nuevo miembro
Retapa, esta es mi opinión.

Si el trabajadora pasa a la situación de maternidad  se le suspenderá el subsidio y pasará a percibir la prestación por maternidad, gestionada directamente por su Entidad Gestora. Una vez extinguida la prestación por maternidad, se reanudará el subsidio por desempleo, en los términos recogidos en el artículo 212.3.b de la LGSS.) por la duración que restaba por percibir y la cuantía que correspondía en el momento de la suspensión.
Un saludo
 
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