Reclamación por despido objetivo

Roberto

Nuevo miembro
Hola, quería hacer esta consulta:

he estado trabajando con contrato indefinido desde 2007 en una multinacional con mas de 500 trabajadores repartidos por diferentes centros de trabajo en toda España. Hace unos días me comunicaron que habían decido rescindir mi contrato, e imdemnizarme con 20 días por año trabajado en base a lo dispuesto en el articulo 52,c en relación con el articulo 51, ambos del Estatuto de los Trabajadores, en base a la concurrencia de causas económicas, organizativas y de producción. En la carta de despido, entre otras cosas, me muestran varios gráficos. En uno de ellos se ven los servicios al cliente realizados en los últimos años, y se observa como los datos del año 2012 respecto al 2011 han sufrido un pequeño incremento. Por el contrario, me muestran otro en el que viene reflejado el "resultado operativo(trading profit)", y en este se aprecia que los datos de 2012 han bajado respecto de los de 2011(en todos los trimestres), concretamente dicen que han caído un 30%. Bien, lo curioso es que mi empresa a principios de Enero de 2013 envió unas comunicaciones internas a todos sus centro de trabajo, en las que decía que: "la empresa no solo ha conseguido alcanzar el Trading Profit(beneficio operativo 2012), sino que lo ha superado con un 10% por encima de lo previsto".
Por otro lado, decir que con mi despido no han reducido plantilla en mi centro de trabajo, sino que han cubierto mi puesto con un eventual a jornada completa. Esta persona estubo hace unos meses cubriendo una baja temporal en mi empresa, pero actualmente no estaba contratado por ella.

Mis preguntas serían:

¿Qué posibilidad creéis que tengo en un juicio reclamando un despido improcedente? ¿Podría alegar fraude de ley, ya que han cubierto mi puesto de trabajo con otra persona ajena a la empresa?
¿Si la empresa me ofrece 30 dias por año trabajado por ejemplo, debería aceptar? Ellos mismos dijeron en Enero que habían tenido beneficios en 2012, pero supongo que pueden alegar que son menores que en 2011, y así tener excusa por causas economicas.
¿Es legal que una empresa despida "objetivamente" a un trabajador indefinido y contrate a otro eventual para sustituirle? ¿Hay jurisprudencia respecto de casos parecidos al mio?

Gracias, un saludo.
 

Mr. White

Miembro activo
Tienes dos buenos argumentos para luchar la improcedencia, que no la nulidad (readmisión obligatoria con abono de salarios de tramitación), del despido:

1) Las comunicaciones internas a todos sus centro de trabajo, en las que decía que: "la empresa no solo ha conseguido alcanzar el Trading Profit (beneficio operativo 2012), sino que lo ha superado con un 10% por encima de lo previsto".

2) Que hayan contratado a otro trabajador para cubrir tu puesto con un contrato eventual a jornada completa.

Sobre si deberías aceptar si te ofrecen 30 días/año, obviamente dicho importe es inferior al que te correspondería de obtener la improcedencia en vía judicial, pero todo juicio tiene su riesgo y siempre existe la posibilidad que declaren la procedencia y te quedes con 20 días/año, y además hayas hecho frente a gastos de abogado/graduado social...

 

FERNANDO

Miembro conocido
A la vista de lo que me dices; el despido objetivo sería improcedente.

Hombre, te tocan 45 días por año trabajado hasta 12-2-2012, y 33 a partir de entonces. Tú mismo.

Hombre, un poco raro sí es, pero habría que analizar el caso. Por ejemplo, el nuevo: ¿es más polivalente que tú?; ¿gana un salario inferior?, ¿se adapta mejor a los nuevos condicionantes productivos?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Te tocan en caso que el despido lo den como improcedente , claro. De lo contrario ,te quedas con los 20 días por año.
 

Roberto

Nuevo miembro
Muchas gracias por vuestras respuestas.

Sobre las preguntas que haces Fernando, no sé si son retoricas o no, pero te comento un poco sobre mi caso:
yo entiendo que mi caso es el típico de "abaratar un despido" ya pensado anteriormente. Digamos que mi empresa lo que quería era reemplazarme por otra persona más "maleable", osea mas obediente y sumisa. No es que yo no obedeciera sus indicaciones, si no que quizás "protestaba" más de lo que ellos pensaban que era deseable. Por causas técnicas, está claro que hubieran preferido seguir conmigo, porque yo tengo más de 15 años de experiencia en el trabajo, cuando el nuevo tiene a penas 7 meses. Además me consta que no tenían quejas de mis cualidades técnicas.
Efectívamente, el nuevo gana menos salario, y evidentemente está en unas condicones mas flexibles de lo que yo estaba. Pero todo esto no sé si influirá en el juez a la hora de decidir sobre el despido. ¿Tu crees que sí?

Gracias, un saludo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Vía libre al despido de empleados caros para contratar a bajo coste
El Tribunal Superior de Valencia ha dado su visto bueno a la decisión del Hércules CF de aplicar un ERE para despedir a jugadores y sustituirlos por otros más baratos ante la difícil situación económica del club.
Los clubes de fútbol, como cualquier otra empresa española, no son ajenos a la crisis económica y sus conflictos laborales también sientan precedentes en el mundo corporativo. El último ha sido la decisión del Tribunal Superior de Valencia de aceptar el despido de varios futbolistas para contratar a otros que hagan el mismo trabajo, pero por menos dinero. En los últimos cuatro años, una gran parte de los equipos profesionales se han declarado en concurso de acreedores y han buscado fórmulas para evitar la quiebra. Con este escenario de fondo, el Hércules presentó un expediente de regulación de empleo (ERE) para despedir a 20 miembros de su plantilla, entre los que se incluían varios futbolistas, a los que luego sustituyó por otros jugadores más baratos.


MIRA ESTAN SENTENCIA, TE PUEDE ACLARAR COSAS.
 

Mr. White

Miembro activo
Es una sentencia de un TSJ, Fernando, no es jurisprudencia. Además, habla de ERE y de evitar la quiebra, no de un despido individual ni una empresa que "no solo ha conseguido alcanzar el Trading Profit (beneficio operativo 2012), sino que lo ha superado con un 10% por encima de lo previsto".

En mi opinión, si lo que querían era rebajar salario, no hace falta despedir, pueden rebajar salario por el art. 41 ET si está por encima de convenio, o descuelgue salarial si el salario es el de Convenio.

Si querían flexibilidad, también pueden ir por el art. 41 ET, no hace falta despedir.

Lo contrario, supone vulnerar el principio de estabilidad en el empleo...

¿Solo te despiden a ti, Roberto?


 

Roberto

Nuevo miembro
Sí, Mr. White, es un despido individual, no tiene nada que ver con despido colectivo. Y efectivamente, estoy deacuerdo contigo, el caso del Hercules no tiene mucho que ver con el mio.
En mi caso podrían haber hablado conmigo para rebajar sueldo, o jornada laboral, o algo por el estilo, pero a mí no me han dicho nada de eso, simplemente me despidieron, y contrataron a otro más barato, poniendo de excusa que la situación del mercado y la empresa estan mal.

Un saludo
 

Mr. White

Miembro activo
Pues sí, difícil justificación económica, técnica o productiva tiene un despido objetivo individual en una empresa multinacional con más de 500 trabajadores, que encima contrata a otro trabajador para el mismo puesto de trabajo...

Creo que la improcedencia es clara a la vista de esos datos...

 
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