Hola de nuevo. Mi duda es la siguiente: se recibe resolución administrativa sobre lesiones permanentes derivadas de acc. de trabajo, emitida por inss. La reclamación previa según dicha resolución se debe hacer frente dicho organismo, no obstante, yo siempre por defecto, la presento ante la tgss, y la mutua, al entederlos como partes interesadas...pero, en especial en referencia a la mutua, lo consideráis necesario o preceptivo? graciass..