Canariogran
Miembro
Buenas tardes,
El caso es que una trabajadora, que ya no está en la empresa, reclama un exceso de jornada diario. El convenio así lo permitía (unos 30 minutos mas) "para atender a clientes que entraban antes de la hora de salida de la empleada".
La empresa niega que hubiera hecho tal exceso, con lo cual hemos negado el pago.
Entiendo que la carga de probar la prueba correspondería a la otra parte, y el mejor medio que tiene para demostrarlo es el registro de horas que aparte de obligatorio, nunca se hizo. Lo que me tiene dudoso es ¿Cómo puede demostrar las horas? (imagino que testificales) ¿y si pueden haber algún tipo de sanción a la empresa por no llevar el registro? (aparte del de la inspección)
Gracias de antemano.
El caso es que una trabajadora, que ya no está en la empresa, reclama un exceso de jornada diario. El convenio así lo permitía (unos 30 minutos mas) "para atender a clientes que entraban antes de la hora de salida de la empleada".
La empresa niega que hubiera hecho tal exceso, con lo cual hemos negado el pago.
Entiendo que la carga de probar la prueba correspondería a la otra parte, y el mejor medio que tiene para demostrarlo es el registro de horas que aparte de obligatorio, nunca se hizo. Lo que me tiene dudoso es ¿Cómo puede demostrar las horas? (imagino que testificales) ¿y si pueden haber algún tipo de sanción a la empresa por no llevar el registro? (aparte del de la inspección)
Gracias de antemano.