Buenos días
Me surge la siguiente duda, un trabajador es dado de alta por" mejoría que permite realizar su trabajo habitual" por parte del medico de cabera y antes de haber agotado el plazo de 365 días.. Este trabajador no esta en condiciones de trabajar y el alta se la han dado al parte 59.
La impugnación de esta alta, debe efectuarse como reclamación previa al INSS, dentro del plazo de once días hábiles o bien hay que presentar escrito de reclamación ante la Inspeccion medica dentro de los 4 días siguientes.
Gracias por las respuestas
Me surge la siguiente duda, un trabajador es dado de alta por" mejoría que permite realizar su trabajo habitual" por parte del medico de cabera y antes de haber agotado el plazo de 365 días.. Este trabajador no esta en condiciones de trabajar y el alta se la han dado al parte 59.
La impugnación de esta alta, debe efectuarse como reclamación previa al INSS, dentro del plazo de once días hábiles o bien hay que presentar escrito de reclamación ante la Inspeccion medica dentro de los 4 días siguientes.
Gracias por las respuestas