Hola Compañeros:
Tengo un reclamación en ciernes y me ha surgido una duda. Carta de despido objetivo (a mi entender perfectamente justificada) así me lo confirma el cliente también. Le han entregado un talón nominativo de 20 días perfectamente calculado y fecha de efectos el próximo día 15/03/2016.
El tema es el siguiente, le adeudan las nóminas de Enero, Febrero y evidentemente le van a adeudar la de mazo (finiquito). Al parecer al solicitado al banco un préstamo para la indemnización y pretenden abonar fraccionadamente las nóminas adeudadas.
En este caso, y apreciando las causas objetivas. ¿Haría reclamación de cantidades por las 3 nóminas? Aceptaríamos un pago fraccionado en UMAC (3 meses). O ¿Debo reclamar Despido para reclamar dichas nóminas?
Un saludo y gracias
Tengo un reclamación en ciernes y me ha surgido una duda. Carta de despido objetivo (a mi entender perfectamente justificada) así me lo confirma el cliente también. Le han entregado un talón nominativo de 20 días perfectamente calculado y fecha de efectos el próximo día 15/03/2016.
El tema es el siguiente, le adeudan las nóminas de Enero, Febrero y evidentemente le van a adeudar la de mazo (finiquito). Al parecer al solicitado al banco un préstamo para la indemnización y pretenden abonar fraccionadamente las nóminas adeudadas.
En este caso, y apreciando las causas objetivas. ¿Haría reclamación de cantidades por las 3 nóminas? Aceptaríamos un pago fraccionado en UMAC (3 meses). O ¿Debo reclamar Despido para reclamar dichas nóminas?
Un saludo y gracias