RECLAMACION HACIENDA

Carolina

Nuevo miembro
Buenos días. Estoy recibiendo propuestas de liquidación provisional de Hacienda, según ellos, por haber calculado mal las retenciones de los trabajadores.Mi pregunta es la siguiente: los trabajadores por los que me reclaman , estuvieron en la empresa, como máximo, 6 meses, no es que si el trabajador este un tiempo inferior a un año, no hay obligación de retenerle nada en la nómina???? gracias a todos
Un saludo
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues no. Precisamente en la medida en que se trate de contratos de duración inferior al año existe la obligación de retener al. menos el 2%.
Insisto, es un mínimo. Si según  las reglas generales de cálculo resulta un porcentaje aún mayor, será éste el que habrá que aplicar (pero si resultase inferior o incluso 0, por el hecho de tener una duracion inferior al año hay que retener ese mínimo del 2%)

Un  saludo
 

Carolina

Nuevo miembro
Gracias por responder. Pero..... si en el año 2008 era cuando se tenía que aplicar los 400 € de Zapatero, en el segundo trimestre, no es normal que salga retención 0????
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Repito, Carolina, en el caso de contratos de duración inferior al año, aún en el caso de que segun las reglas generales de cálculo no haya retención (o sea inferior al 2%), debe aplicarse el mínimo del 2%.
 
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