reconocimiento bases

jcg73

Miembro activo
Buenos dias,
Tengo en la mesa un asunto q se me antoja dificil de defender, no obstante quisiera contrastar vuestra opinion: mi cliente recien jubilado ha tenido siempre un salaroo en la empresa de 1800 pagas incluidas; el problema es q hasta hace 5 años, dentro de ese salario le incluian dietas, asi reducian coste!!, entonces acordaron quitar esas dietas e incluirlo como salario para q le mejorase la pension. Obviamente, en su resolucion el INSS no le reconoce ese aumento de bases.
Como lo veis? Mi intencion es alegar q el salario de mi cliente siemprd fue el mismo y que el no entendia de seguridad social, y q en todo caso se ha tratado de una mala fe del empresario para ahorrarse las cotizaciones anteriores a los 5 años.
Que os parece??
 

leguleyo

Nuevo miembro
Sí, porque aunque Inspección entrara al trapo y al final las bases fueran mayores, el plazo para recurrir está más que pasado... Solamente se me ocurre que no se jubile, vuelva a trabajar si puede y cuando le reconozcan las bases mayores volver a pedirla...
 

jcg73

Miembro activo
Esta claro que hay poco que rascar, mas cuando la empresa ya esta liquidada y disuelta .  Es un favor,  el padre de un amigo, asi que no le quiero dar falsas esperanzas por mas que quoera recurrir.
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, aquí existe una cosa llamada responsabilidad de las prestaciones. En caso de infracotización, la empresa será responsable del pago de la diferencia pero, ojo, sl INSS, en todo caso, tiene obligación de anticipo. Aquí no se entraría a valorar que las cotizaciones estén prescritas, porque la responsabilidad, en estos casos, no prescribe. Claro, necesitarías la acción de inspección de trabajo para corroborarlo todo y, con el informe o el acta de la misma, pedir un recálculo de la prestación. Pero, claro, si ya no existe la empresa, ¿qué vas a comprobar?

Eso sí, la jubilación es una prestación imprescriptible, por lo que siempre estarás a tiempo de reclamar la diferencia de bases aunque los efectos económicos sólo se retrotraerán 3 meses desde la solicitud.
 
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