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APRENDIZAJE

Guest
Una duda de fechas:
Una empresaria se va a jubilar. Por tanto dará de baja a los trabajadores por esta razon, pagandoles de indemnizacion 1 mes de salario.
Como caso las fechas?. Según creo, para dar de baja a los trabajadores debe tener reconocida la situacion de pensionista la empresaria, no?. Entonces, ¿cuándo ceso a la empresaria en hacienda?. Es decir, ¿cual es el orden de los pasos?.

1-Pido pension. por ejemplo me la reconocen el 28-febrero.
2-Baja de trabajadores 28-febrero.
3-Baja en censos de hacienda en igual fecha.

Mi duda es:¿pido la pension sin hacerle la baja en hacienda por cese de actividad.....?. O doy la baja en hacienda 1º, pero mantengo a los trabajadores de alta¿?. me suena raro....
GRACIAS.
 
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