Una empresa que va realmente mal pretende proponer a un trabajador que tiene un contrato a tiempo completo reducirle la jornada, ya que realmente no necesitan que actualmente esté tantas horas.
En caso de que el trabajador no acepete, entiendo que, en este caso, si la empresa le despide, le debería de abonar ind. de 45 días, verdad?
Esto me suena que se ha debatido en este foro y se llegó a esta conclusión, frente a los que pensaban que la ind. sería de 20 días (art. 41 et).
¿Me lo podéis confirmar?
Gracias y saludos,
En caso de que el trabajador no acepete, entiendo que, en este caso, si la empresa le despide, le debería de abonar ind. de 45 días, verdad?
Esto me suena que se ha debatido en este foro y se llegó a esta conclusión, frente a los que pensaban que la ind. sería de 20 días (art. 41 et).
¿Me lo podéis confirmar?
Gracias y saludos,