reducción de cuotas para autónomos mayores de 30 años

pajarillo

Miembro conocido
Buenos días.

Respecto a la reducción de cuotas prevista en la Disposición adicional 35.bis de la Ley General de la Seguridad Social (la famosa "tarifa plana para autónomos con más de 30 años"). En el caso de un autónomo con cargo de administrador único de una sociedad mercantil, sin que este posea ninguna participación en la sociedad, ¿tendría derecho a la reducción de cuotas contemplada en dicha disposición?. Sería su cónyuge el que posee el 100 por cien de las participaciones.

Es que todo lo que encuentro a este respecto se refiere autónomos Administradores societarios (a los que se está denegando esta "tarifa plana"), pero no encuentro nada sobre sobre los meros administradores a secas, sin participaciones propias (las poseería el marido).
 

pajarillo

Miembro conocido
Es que es conyuge y convive con el socio que tiene el 100
% de las participaciones. Por tanto, entiendo que debe encuadrarse en el reta.
 

Raquel GR

Miembro activo
Ah vale, y releyendo la pregunta lo pones, perdona me lo salté.

Pero, no, no tiene derecho igualmente.
 
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