reducción jornada

lubo

Miembro
Muy buenas.

Una trabajadora tiene un hijo de 3 años.

Nunca solicito la reducción de jornada por cuidado de hijo.

La solicita por primera vez. A los 6 meses solicita volver a jornada completa a la empresa.

Seis meses más tarde, vuelve a solicitarla de nuevo durante otros 6 meses, por lo que han pasado 18 meses desde la primera vez que la solicitó.

Mi duda está en si los 2 años que le computa la reducción de jornada como completa a efectos de desempleo, jubilación, etc .... ¿cuenta desde la primera solicitud de forma continua (18 meses), o contaría únicamente los 12 meses dentro de los 18, por lo que le quedarían 12 meses más para el futuro??

Espero haberme explicado bien  ;)

Gracias.

Saludos
 

lubo

Miembro
Perdón, he indicado "desempleo" y si no me equivoco a efectos de desempleo no cotizaría al 100 por cien, ¿sería a efectos de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad?? ¿ninguna prestacion más si no me equivoco?

Gracias.
 

Ro

Miembro activo
100% de todas las prestaciones. En el desempleo cobrará los porcentajes establecidos pero sobre la base del 100% no sobre la de reducción de jornada.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No, de todas las prestaciones  no.
Las prestaciones para las que específicamente y en caso de reducción de jornada por guarda legal se incrementan las cotizaciones al 100% para detrminar su base reguladora son: jubilación, Incapacidad permanente, muerte, supervivencia, maternidad y paternidad y sólo durante los 2 primeros años)

Además de ellas, también la de desempleo, y en ese caso sin jugar ese límite de dos años.

Saludos
 
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