Salvador de Algeciras
Miembro
Tengo "el lío armao". Empresa que quiere reducir (por la carita, por que no da pédidas) la jornada de trabajo de 8 a 4 horas, sin consentimiento por la trabajadora, por supuesto. Qué vía puede utilizar? Via 41. LET de modificación sustancial o vía art. 47 con procedimiento art. 51? En el 1er. caso la trabajadora podría obtener, si reclama contra la modificación, la indemnización de 45 dias con tope de 42 mensualidades? En el segundo supongo que la autoridad laboral lo rechazaría
Saludos y perdón por el embotellamiento mental que padezco.
Saludos y perdón por el embotellamiento mental que padezco.