Me acabo de encontrar una cosita de esas que dices me caguen!!! un trabajador tenía reducción de jornada por cuidado de hijo, , tenía un contrato a tiempo completo y solicitó la reducción, pasando a trabajar un 62.5% de la jornada, se mecanizó en Seguridad Social como código de contrato 100/reducción guarda legal/coeficiente 62.5%, hasta aquí todo correcto, el caso es que en el mes de Mayo de este año, las partes firman un acuerdo donde el trabajador solicita que su jornada ahora sea de 93.3 %, el movimiento se mecanizó como contrato 100/reducción guarda legal/coeficiente 93.3%, mi compañero dice que en RED no pudo hacer un cambio de contrato y le dijeron que tenía que hacerse así, pero yo creo que deberíamos hacer lo siguiente: poner contrato 200/coeficiente 93.3 y quitar la situación de guarda legal,
Por otro lado encima ha estado en situación de IT, por lo que sus bases se han calculado en función de un tiempo completo, vamos todo un lío.... ¿que haríais vosotros? quitarle desde hoy la situación de guarda legal, o dejarlo así? no tendrá problemas la empresa en el futuro? porque se le considere en situación de guarda legal cuando no es así por seguir este movimiento así mecanizado en Tesorería?
Por otro lado encima ha estado en situación de IT, por lo que sus bases se han calculado en función de un tiempo completo, vamos todo un lío.... ¿que haríais vosotros? quitarle desde hoy la situación de guarda legal, o dejarlo así? no tendrá problemas la empresa en el futuro? porque se le considere en situación de guarda legal cuando no es así por seguir este movimiento así mecanizado en Tesorería?